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viernes, 31 de enero de 2014

 

Daría la impresión que en la #Comisión de #Educación del Congreso, pese a dictaminar diversos proyectos sobre una #Nueva #Ley #Universitaria, no ha leído siquiera el primer párrafo del artículo 18 de la Constitución que trata sobre las universidades. Allí se indica que el Estado rechaza la intolerancia. 
 

Pues bien: letra muerta, la intolerancia ha campeado en la Comisión de Educación, en que cada vez que se le ha dicho que su dictamen contiene inconstitucionalidades, no lo quiere escuchar y por supuesto menos debatir. 
 

Versados constitucionalistas como Domingo García Belaunde, Víctor García Toma, Aníbal Quiroga y el rector Iván Rodríguez, han emitido estudios respecto a las inconstitucionalidades que contiene el texto que se quiere imponer. La respuesta fue ignorarlos y con inflexibilidad y testarudez siguen adelante, sin siquiera razonar que con tal actitud dañan al resto del proyecto que contiene normatividad adecuada y que podría ayudar a mejorar la calidad de la educación universitaria que es el objetivo común. 
 

Dice la Constitución que cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Sin embargo tratan de imponer un organismo adscrito al Ministerio de Educación que en cuanto a su composición de 9 miembros, 5 son ajenos al sistema universitario, y pretenden que bajo el nombre de Superintendencia se encargue de normar, regular y coordinar la educación universitaria, así como supervisar su calidad y fiscalizar el uso de sus recursos. 
 

La sola lectura de tal pretensión normativa nos lleva a la conclusión que en cuanto a la composición de la Superintendencia, como a sus atribuciones, se atenta contra la Constitución que garantiza la autonomía universitaria. 
 

Evidentemente algún organismo debe autorizar la creación y funcionamiento de las universidades, pero si estas son autónomas en lo académico, nada justifica que a la Superintendencia también se le asigne facultad de autorizar o denegar el funcionamiento de facultades, escuelas y programas. Ello es inconstitucional. 
 

A la Superintendencia se le encarga determinar un proceso unificado para el otorgamiento y denominación de grados y títulos. Al tacho las singularidades de cada universidad, y por supuesto ello también es inconstitucional. 
 

A la misma Superintendencia se le entrega la fiscalización de los recursos económicos y financieros de las universidades, lo que atenta contra la autonomía económica de ellas, pues en el fondo se les estaría ordenando en qué invertir o gastar, y por cuánto. 
 

A las autoridades universitarias elegidas por un tiempo determinado se les saca del cargo antes de vencer su plazo, transgrediendo la prohibición constitucional de modificar estipulaciones contractuales por norma legal (art. 62)
 

Algunos señalan que el nombre de Superintendencia, para la autoridad supra universitaria que se intenta crear, es inconveniente. Más allá del nombre en que como dice el refrán "el hábito no hace al monje", ello es lo de menos, lo que contraría la Constitución es su composición mayoritaria extrauniversitaria y las atribuciones manifiestamente reñidas con el precepto constitucional. 
 
Es necesario el debate para tener una buena norma, que es objetivo de todos. Ojalá se logre conciliar posiciones.

Fuente: La Razón / Antero Flores-Araoz
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