Enrique Bedoya Sánchez. Vicepresidente de la Asamblea Nacional de Rectores y rector de la Universidad Tecnológica del Perú.
Rosa María Palacios.
Si bien la universidad peruana, pública y privada, atraviesa una grave crisis, el proyecto ha sido recibido con la crítica frontal de la Asamblea Nacional de Rectores, que tiene meses protestando contra la reforma. En ese contexto entrevisto a Enrique Bedoya Sánchez, vicepresidente de la ANR y rector de la UTP.
¿Cuáles son las principales objeciones de la ANR al proyecto de Ley Universitaria?
En primer lugar, un ente extraño al sistema y la vida académica. Lo que se está creando en esta nueva ley al crearse la Superintendencia de Educación es un ente extraño a la vida académica de la universidad, y por nombre, pero más que todo por sus funciones y por su composición, atenta flagrantemente a la Constitución de la República. Viola a la Constitución en su artículo 18 cuando no respeta la autonomía universitaria.
¿Esa sería la objeción principal?
Esa es una objeción básica, fundamental, porque está atentando contra el Estado de derecho y contra las libertades que la Constitución les ha dado a las universidades.
De acuerdo a lo que se dice en el proyecto, la autonomía universitaria no estaría vulnerada porque, tanto en libertad de cátedra como en contenido y metodología, se reconoce a las universidades plena autonomía en su gestión.
Eso es lo que él dice.
Es lo que está en el texto.
Pero el texto no está completo, pues. Ha recogido la definición de lo que es la autonomía, la ha considerado, pero luego después la limita con todas las funciones y atribuciones que le da a la Superintendencia. ¿Algunos ejemplos?
Claro, por ejemplo, la universidad tiene el proceso de formación, eso lo viola. Porque tenemos una autonomía, tenemos una libertad y autodeterminación. Porque se interviene en lo que se denomina la programación. Primero la concepción curricular, el desarrollo de la misma e interviene en la formación de una carrera que es una libertad que tienen las universidades.
Pero el texto de la ley dice otra cosa, el texto dice que las universidades son autónomas para formular sus planes de carrera, su metodología y su cátedra.
Sí, pero después está sujeta a revisiones de la Superintendencia.
La Superintendencia lo que va a revisar es la calidad de la prestación del servicio de acuerdo a los requisitos establecidos en la propia ley.
Sí, eso es lo que dice. Pero yo quiero que vea el artículo 12. Mire cómo define a la Superintendencia. Es la institución autónoma adscrita al Ministerio de Educación dependiente del Poder Ejecutivo. Norma, regula, coordina, supervisa, fiscaliza, autoriza, cierra, elimina. Esos son los verbos. El tema de la calidad educativa es un aspecto fundamental. Pero para eso no se necesitan todas estas atribuciones y funciones y crear un órgano todo superpoderoso. Ese es un pretexto que se está buscando. Con el pretexto de querer mejorar la calidad –que todos deseamos y que nosotros también estamos promoviendo– se crea un órgano todopoderoso.
¿Me puede poner un ejemplo, por favor, del proyecto de ley donde se diga que las universidades no tienen autonomía para diseñar sus carreras, metodologías y el contenido de sus cursos?
No, así no lo dice.
¿Estamos de acuerdo en que no lo dice?
Al crearse la Superintendencia adscrita al Ministerio de Educación, automáticamente es adscrita al Poder Ejecutivo y está en el ámbito de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.
No hay entidades en el Estado peruano que floten en el espacio. Toda entidad tiene que estar adscrita a un Ministerio o ser constitucionalmente autónoma. La ANR tampoco es constitucionalmente autónoma, por lo tanto está adscrita al MED.
Eso es para fines simplemente administrativos y económicos. Yo hablo de las universidades que tienen una autonomía y así está dada por la Constitución.
Pero yo le pido que me ponga un ejemplo en el cual en el proyecto de ley se diga que el contenido de los cursos va a ser regulado por el Ejecutivo. Yo he buscado el artículo y no lo he encontrado, pero se me puede haber pasado.
Interviene en las definiciones y en los permisos que tenemos que pedir nosotros para la conformación de carreras y programas nuevos. La Superintendencia tiene que autorizarlos.
¿No es evidente que actualmente cuando se forma una universidad se solicitan los mismos permisos?
Sí.
Entonces, ¿cuál es el problema?
Pero fíjese, se necesita un permiso y así se está haciendo. Se hace a través de un organismo que se llama Conafu. Las universidades privadas que quieran crearse van con sus promotores, hacen todo un procedimiento y se inscriben.
¿Cuál es la diferencia ahora?
La Conafu es absorbida por la Superintendencia.
Claro, pero ¿cuál es la diferencia en cuanto a funciones para autorización de cursos y carreras?
Como esta Superintendencia está adscrita al Ministerio es muy fácil el control político.
¿A quién está adscrita la ANR?
La ANR, de acuerdo a la Ley 23753 es un órgano de coordinación.
¿A quién está adscrita presupuestalmente?
Es un órgano autónomo.
Le reitero: la Constitución no permite un órgano autónomo que no esté definido en sí mismo. La ANR no es un organismo constitucionalmente autónomo y está exactamente adscrita al Ministerio de Educación, salvo que yo no comprenda el concepto de organismo
público descentralizado (OPD).
Es que la Ley Universitaria dice que cada universidad tiene autonomía.
Le he pedido ya varias veces que dé un ejemplo, en el proyecto de ley, por el cual la Superintendencia regula el contenido de los cursos universitarios. ¿Puede por favor señalarme el artículo?
Al pertenecer la Superintendencia al Ministerio de Educación, porque va a pertenecer al Ministerio de Educación, dentro de este ámbito es función del ministerio establecer el marco curricular nacional de los diferentes niveles. Al establecer el marco curricular nacional de los diferentes niveles, se va a meter a todos los niveles. Esto está contra la Constitución, porque esta habla de una educación descentralizada.
Perdón, pero la ley del Ministerio de Educación que Ud. cita alude a la educación básica regular.
Pero al pertenecer la Superintendencia al Ministerio de Educación entra a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.
¡Qué tal interpretación! Le reitero, sería bueno que consideraran invitar a alguien que les explique que los organismos autónomos solo existen si están mencionados en la Constitución del Perú, y la ANR no lo está. Por ello depende del Ministerio de Educación exactamente igual es un OPD.
Pero las funciones que tenemos no son las de la Superintendencia, que se le quieren dar hoy.
La Superintendencia lo que está haciendo es asumir las funciones de la ANR y de todos los demás órganos del sistema, centralizándolos en una sola entidad. Exactamente las mismas funciones. Lo que sí hace es quitarles poder a los rectores, estableciendo una representación con otros estamentos de la sociedad. ¿Ese no es el problema central? ¿La disminución de la representación de los rectores?
Dígame, doctora, ¿para hacer eso es necesario violentar el Estado de derecho?
No veo la violación. Usted no me ha podido poner un ejemplo de contenido curricular regulado por la Superintendencia, y, por el contrario, la ley dice que la libertad de cátedra se respeta.
¿Dónde está el verdadero problema? ¿No está en quitarles poder a ustedes?
No, yo creo que no. ¿Cuál es el poder que nos va a quitar?
El poder de no sancionar a ninguna universidad.
Eso es mentira. Porque si eso fuera así no hubiéramos tenido las 21 intervenciones que en estos últimos años hemos tenido.
Pero son universidades que siguen funcionando, ¿no es cierto?
Pero es que la intervención que nosotros hacemos no es para impedir su funcionamiento, es precisamente para darles las facilidades para que se entre a su estado de funcionamiento normal, que elijan a sus autoridades, y nosotros no entramos para intervenir y manejarlas, entramos para ayudarlas.
La universidad que tiene un pésimo servicio, ¿qué sanción recibe hoy en el Perú?
En primer lugar, nosotros como órgano coordinador no tenemos atribuciones ejecutivas, ni sancionadoras ni controladoras.
¿No sería bueno que alguien las tenga?
La ley no nos ha facultado. Nos califican siempre de ineficiencia por ese tema cuando no estamos facultados legalmente.
¿Pero no les gustaría que estuvieran facultados?
Bueno, pero eso sería ir contra la Constitución y contra la autonomía.
¿Usted cree que la autonomía es una especie de isla donde una entidad puede hacer lo que le dé la gana y estafar a la gente?
No, doctora. La autonomía no son espacios de irregularidades ni está al margen de la ley, la autonomía son espacios que respetando las reglas existentes: la Constitución, la ley, los estatutos y la trama normativa nacional, tienen que cumplirse. Entonces no se está dejando de cumplir la norma, la facultad que tenemos es que dentro de toda normatividad uno tiene libertad para hacer sus programas, para crear sus carreras.
Le reitero: ¿dónde está en la ley que no existe esa libertad?
En el proceso de intervencionismo y sus atribuciones.
¿Cuál intervencionismo? La única forma de cerrar una facultad es cuando no pasa tres veces una evaluación de estándares mínimos en el tiempo.
Eso es lo que ya dice ahora la ley, pero el tema lo tiene Coneau. Nosotros hemos propuestos fortalecer a Coneau, darle toda la capacidad para que pueda cumplir con su propósitos y funciones. Es más, hay algo que no se dice, la ANR propuso e inicialmente diseñó el sistema de calidad y de acreditación y creamos todos los elementos para Coneau. Hasta formamos a sus evaluadores, hicimos convenios, hicimos foros y les dimos toda una metodología, después ellos lo han perfeccionado y está muy bien.
El Congresista Mora dice que está completamente intervenida por la ANR y es imposible que puedan sancionar a nadie.
Eso es falso, porque nosotros no tenemos ninguna capacidad de manejo en Coneau. Lo que yo le quiero decir es que el sistema de acreditación es relativamente nuevo en el Perú y nosotros vamos a la cola en la implementación del sistema. De esos cinco, seis años de funcionamiento, los primeros dos y medio o tres años son para organizar, reglamentar sus modalidades, su metodología y determinar sus indicadores.
Claro, y a ese ritmo se han acreditado dos facultades en todo el Perú. ¿No es acaso hoy el proceso voluntario?
El proceso ha sido voluntario y por efecto de la ley, no porque ha habido incapacidad. La ANR no tiene nada que hacer allí. Es un sistema nuevo, recuerde que el sistema de acreditación en el Perú es un sistema muy particular diseñado para nuestra realidad.
Además de la creación de la Superintendencia, ¿hay alguna otra objeción al proyecto considerando que son más de 100 artículos?
Sí. La objeción que tenemos en términos generales es que es demasiado reglamentista y cuando es demasiado reglamentista usted no tiene capacidad ni libertad para cumplir con sus propósitos de gestión, académicos, administrativos. En todo momento la ley pide que finalmente se dé cuenta. Le doy un ejemplo, yo quiero contratarla a usted en mi facultad de Derecho y al final me lo tiene que aprobar la Superintendencia. La norma dice que la universidad puede escoger, pero después, al final, dice que tiene que ser autorizada por la Superintendencia.
La norma lo que señala son los requisitos para ser docente y lo que hace la Superintendencia es verificar los requisitos. Eso no es un veto. ¿Cuál es el problema?
Actualmente tenemos los requisitos. Pero en qué momento, que demuestre el general Mora, se han nombrado sin requisitos, que me diga un solo caso.
Él señala que hay bastante gente que no ha cumplido los requisitos.
Él señala muchas cosas. Él señala también que hay universidades garaje, de segundo piso, que dan títulos de dos meses. Eso son simplemente avisos psicosociales para hacer aparecer como una figura y caricatura grotesca lo mal que está la universidad y para decir que falta orden y que no hay una persona que responda, que la asamblea no ha hecho nada. El tema del pretexto de mejoramiento de la calidad educativa no va a través de la creación de órganos sino de fortalecer los sistemas. Por ejemplo, ¿en algún momento en la ley se está definiendo un presupuesto para que pueda cumplirse con la obligatoriedad de la acreditación? ¿En algún momento se le está dando presupuesto para que contrate profesionales como él quiere y para que se tengan infraestructura, laboratorios?
Una ley universitaria no es una ley de presupuesto y el Congreso no tiene iniciativa de gasto.
Es muy fácil decirlo. Le pongo un ejemplo. Si nosotros queremos, porque yo también lo quiero, que la acreditación sea obligatoria porque se piensa que con eso se mide la calidad –lo cual es relativo porque hay muchas maneras de medir la calidad– hay, contando las de pregrado y los posgrados, 3 mil carreras. Cada carrera obligatoriamente se tiene que acreditar a un costo de más o menos 30 mil dólares. No lo digo yo, lo dice Coneau solamente para corregir deficiencias. Después eso tiene que concretarse, infraestructura, laboratorios, bibliotecas, en todo lo que es equipamientos, aparte de la formación y preparación.
¿Le está dando la razón al congresista Mora? ¿Reconoce que existen las carreras y que no tienen nada de eso, que es lo mínimo?
No, lo que yo digo es que el proceso de acreditación exige y está muy bien. Pero yo lo que digo es ¿cómo vamos a poder financiar y vamos a atender esto que es importante?
Las públicas con el subsidio estatal y las privadas con sus ganancias. Pero ¿no deberían considerar estos costos antes y no después de crear la universidad?
Pero es que antes no se creó la acreditación, pues. Si quieren hacer eso, que me parece bien, porque no le dicen a Coneau “este es el presupuesto que tengo que darte para que tú promuevas la acreditación”.
Ustedes dicen que la ley no se ha debatido lo suficiente. El congresista Mora, presidente de la Comisión de Educación, dice que han discutido 17 meses.
Diecisiete meses si usted cuenta sábado, domingo, las vacaciones y todo el receso, pero ¿sabe cuántas sesiones de debate del proyecto? Vea, solamente ha tomado 10 sesiones.
No está mal.
Pero tampoco está bien, porque para un tema de esta naturaleza no se puede hacer esto.
Mire, 10 sesiones, y lo ha aprobado no por artículos sino por capítulos. Nosotros estamos en desacuerdo en la forma y fondo. Y no solamente por el debate, sino por la forma tan autoritaria, autocrática, vertical del congresista Mora. A su misma gente no la deja hablar. No ha respetado. Incluso, mire en la quinta disposición final está creando la universidad evangélica, denominando universidad a la Escuela Superior Evangélica. Eso es para congraciarse con los congresistas evangélicos. Una ley no puede darse en esa forma.
“SEGURO HAN HABIDO MUCHOS ERRORES, PERO ES UN PROCESO DE APRENDIZAJE”
El 35% de los profesionales peruanos están en el subempleo, ¿cree que probablemente se sientan estafados?
Seguramente, pero el subempleo no es consecuencia solamente de una pésima formación. No es consecuencia tan solo de eso, puede ser un factor sí, estoy de acuerdo. Y nosotros estamos de acuerdo en que aquellas universidades que no tienen la calidad y que no responden deben ser potenciadas y, si no responden a una potenciación o no tienen una capacidad de fortalecimiento, eliminadas del sistema. Pero es lo último que haríamos, porque una ley no puede ser punitiva, castigadora, debe ser promotora, y si se quiere levantar la calidad educativa hay que ayudar a las personas.
¿No cree que existe oferta educativa superior que es una estafa en el Perú? Y fíjese que yo no me opongo a que la gente sea estafada si es que está bien informada de lo que va a recibir.
Si hay eso, ¿por qué no intervienen los organismos que tienen que intervenir y que están en el sistema? La ANR no es responsable de eso. El sistema está dado por una serie de organismos que controlan y una serie de organismos que dan los servicios.
Si la pésima calidad de la enseñanza no es responsabilidad de la ANR, entonces ¿para qué necesitamos la ANR?
Es que, vea, no le atribuya todo el peso de un resultado a una de las partes que interviene en todo el proceso. Tenemos responsabilidad en la coordinación académica y tenemos responsabilidad porque hemos debido ser más fuertes en pronunciarnos en contra de quienes crean estas universidades sin condiciones. ¿Pero quién es el que las crea? El Estado, la ley, el Congreso.
¿En las privadas no hay malos ejemplos?
A las privadas se les pide el cumplimiento de un PDI. Si eso no lo cumple no le dan la institucionalización. Hay un proceso que dura 6, 7, 8 años desde que se crea la universidad, hasta que se le da permiso de funcionamiento.
No ha sido muy eficiente el proceso, ¿no?
Es posible. Porque, también, yo no voy a negar eso, han habido seguramente muchos errores pero ese es un proceso de aprendizaje. Antes las universidades se creaban por ley, sin ningún estudio técnico. Se crea Conafu para hacer un estudio técnico, pero encima de eso, quiero que comprenda bien mi problema, es que no obstante existiendo un proceso mandado por una ley el Congreso crea universidades públicas sin conocimiento y menos consentimiento de los órganos responsables por ley para hacer esa apertura.
¿Tiene alguna objeción a la estructura de gobierno universitario establecida en el proyecto?
Está igual como ahora, ahí no se ha creado nada.
Si bien la universidad peruana, pública y privada, atraviesa una grave crisis, el proyecto ha sido recibido con la crítica frontal de la Asamblea Nacional de Rectores, que tiene meses protestando contra la reforma. En ese contexto entrevisto a Enrique Bedoya Sánchez, vicepresidente de la ANR y rector de la UTP.
¿Cuáles son las principales objeciones de la ANR al proyecto de Ley Universitaria?
En primer lugar, un ente extraño al sistema y la vida académica. Lo que se está creando en esta nueva ley al crearse la Superintendencia de Educación es un ente extraño a la vida académica de la universidad, y por nombre, pero más que todo por sus funciones y por su composición, atenta flagrantemente a la Constitución de la República. Viola a la Constitución en su artículo 18 cuando no respeta la autonomía universitaria.
¿Esa sería la objeción principal?
Esa es una objeción básica, fundamental, porque está atentando contra el Estado de derecho y contra las libertades que la Constitución les ha dado a las universidades.
De acuerdo a lo que se dice en el proyecto, la autonomía universitaria no estaría vulnerada porque, tanto en libertad de cátedra como en contenido y metodología, se reconoce a las universidades plena autonomía en su gestión.
Eso es lo que él dice.
Es lo que está en el texto.
Pero el texto no está completo, pues. Ha recogido la definición de lo que es la autonomía, la ha considerado, pero luego después la limita con todas las funciones y atribuciones que le da a la Superintendencia. ¿Algunos ejemplos?
Claro, por ejemplo, la universidad tiene el proceso de formación, eso lo viola. Porque tenemos una autonomía, tenemos una libertad y autodeterminación. Porque se interviene en lo que se denomina la programación. Primero la concepción curricular, el desarrollo de la misma e interviene en la formación de una carrera que es una libertad que tienen las universidades.
Pero el texto de la ley dice otra cosa, el texto dice que las universidades son autónomas para formular sus planes de carrera, su metodología y su cátedra.
Sí, pero después está sujeta a revisiones de la Superintendencia.
La Superintendencia lo que va a revisar es la calidad de la prestación del servicio de acuerdo a los requisitos establecidos en la propia ley.
Sí, eso es lo que dice. Pero yo quiero que vea el artículo 12. Mire cómo define a la Superintendencia. Es la institución autónoma adscrita al Ministerio de Educación dependiente del Poder Ejecutivo. Norma, regula, coordina, supervisa, fiscaliza, autoriza, cierra, elimina. Esos son los verbos. El tema de la calidad educativa es un aspecto fundamental. Pero para eso no se necesitan todas estas atribuciones y funciones y crear un órgano todo superpoderoso. Ese es un pretexto que se está buscando. Con el pretexto de querer mejorar la calidad –que todos deseamos y que nosotros también estamos promoviendo– se crea un órgano todopoderoso.
¿Me puede poner un ejemplo, por favor, del proyecto de ley donde se diga que las universidades no tienen autonomía para diseñar sus carreras, metodologías y el contenido de sus cursos?
No, así no lo dice.
¿Estamos de acuerdo en que no lo dice?
Al crearse la Superintendencia adscrita al Ministerio de Educación, automáticamente es adscrita al Poder Ejecutivo y está en el ámbito de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.
No hay entidades en el Estado peruano que floten en el espacio. Toda entidad tiene que estar adscrita a un Ministerio o ser constitucionalmente autónoma. La ANR tampoco es constitucionalmente autónoma, por lo tanto está adscrita al MED.
Eso es para fines simplemente administrativos y económicos. Yo hablo de las universidades que tienen una autonomía y así está dada por la Constitución.
Pero yo le pido que me ponga un ejemplo en el cual en el proyecto de ley se diga que el contenido de los cursos va a ser regulado por el Ejecutivo. Yo he buscado el artículo y no lo he encontrado, pero se me puede haber pasado.
Interviene en las definiciones y en los permisos que tenemos que pedir nosotros para la conformación de carreras y programas nuevos. La Superintendencia tiene que autorizarlos.
¿No es evidente que actualmente cuando se forma una universidad se solicitan los mismos permisos?
Sí.
Entonces, ¿cuál es el problema?
Pero fíjese, se necesita un permiso y así se está haciendo. Se hace a través de un organismo que se llama Conafu. Las universidades privadas que quieran crearse van con sus promotores, hacen todo un procedimiento y se inscriben.
¿Cuál es la diferencia ahora?
La Conafu es absorbida por la Superintendencia.
Claro, pero ¿cuál es la diferencia en cuanto a funciones para autorización de cursos y carreras?
Como esta Superintendencia está adscrita al Ministerio es muy fácil el control político.
¿A quién está adscrita la ANR?
La ANR, de acuerdo a la Ley 23753 es un órgano de coordinación.
¿A quién está adscrita presupuestalmente?
Es un órgano autónomo.
Le reitero: la Constitución no permite un órgano autónomo que no esté definido en sí mismo. La ANR no es un organismo constitucionalmente autónomo y está exactamente adscrita al Ministerio de Educación, salvo que yo no comprenda el concepto de organismo
público descentralizado (OPD).
Es que la Ley Universitaria dice que cada universidad tiene autonomía.
Le he pedido ya varias veces que dé un ejemplo, en el proyecto de ley, por el cual la Superintendencia regula el contenido de los cursos universitarios. ¿Puede por favor señalarme el artículo?
Al pertenecer la Superintendencia al Ministerio de Educación, porque va a pertenecer al Ministerio de Educación, dentro de este ámbito es función del ministerio establecer el marco curricular nacional de los diferentes niveles. Al establecer el marco curricular nacional de los diferentes niveles, se va a meter a todos los niveles. Esto está contra la Constitución, porque esta habla de una educación descentralizada.
Perdón, pero la ley del Ministerio de Educación que Ud. cita alude a la educación básica regular.
Pero al pertenecer la Superintendencia al Ministerio de Educación entra a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.
¡Qué tal interpretación! Le reitero, sería bueno que consideraran invitar a alguien que les explique que los organismos autónomos solo existen si están mencionados en la Constitución del Perú, y la ANR no lo está. Por ello depende del Ministerio de Educación exactamente igual es un OPD.
Pero las funciones que tenemos no son las de la Superintendencia, que se le quieren dar hoy.
La Superintendencia lo que está haciendo es asumir las funciones de la ANR y de todos los demás órganos del sistema, centralizándolos en una sola entidad. Exactamente las mismas funciones. Lo que sí hace es quitarles poder a los rectores, estableciendo una representación con otros estamentos de la sociedad. ¿Ese no es el problema central? ¿La disminución de la representación de los rectores?
Dígame, doctora, ¿para hacer eso es necesario violentar el Estado de derecho?
No veo la violación. Usted no me ha podido poner un ejemplo de contenido curricular regulado por la Superintendencia, y, por el contrario, la ley dice que la libertad de cátedra se respeta.
¿Dónde está el verdadero problema? ¿No está en quitarles poder a ustedes?
No, yo creo que no. ¿Cuál es el poder que nos va a quitar?
El poder de no sancionar a ninguna universidad.
Eso es mentira. Porque si eso fuera así no hubiéramos tenido las 21 intervenciones que en estos últimos años hemos tenido.
Pero son universidades que siguen funcionando, ¿no es cierto?
Pero es que la intervención que nosotros hacemos no es para impedir su funcionamiento, es precisamente para darles las facilidades para que se entre a su estado de funcionamiento normal, que elijan a sus autoridades, y nosotros no entramos para intervenir y manejarlas, entramos para ayudarlas.
La universidad que tiene un pésimo servicio, ¿qué sanción recibe hoy en el Perú?
En primer lugar, nosotros como órgano coordinador no tenemos atribuciones ejecutivas, ni sancionadoras ni controladoras.
¿No sería bueno que alguien las tenga?
La ley no nos ha facultado. Nos califican siempre de ineficiencia por ese tema cuando no estamos facultados legalmente.
¿Pero no les gustaría que estuvieran facultados?
Bueno, pero eso sería ir contra la Constitución y contra la autonomía.
¿Usted cree que la autonomía es una especie de isla donde una entidad puede hacer lo que le dé la gana y estafar a la gente?
No, doctora. La autonomía no son espacios de irregularidades ni está al margen de la ley, la autonomía son espacios que respetando las reglas existentes: la Constitución, la ley, los estatutos y la trama normativa nacional, tienen que cumplirse. Entonces no se está dejando de cumplir la norma, la facultad que tenemos es que dentro de toda normatividad uno tiene libertad para hacer sus programas, para crear sus carreras.
Le reitero: ¿dónde está en la ley que no existe esa libertad?
En el proceso de intervencionismo y sus atribuciones.
¿Cuál intervencionismo? La única forma de cerrar una facultad es cuando no pasa tres veces una evaluación de estándares mínimos en el tiempo.
Eso es lo que ya dice ahora la ley, pero el tema lo tiene Coneau. Nosotros hemos propuestos fortalecer a Coneau, darle toda la capacidad para que pueda cumplir con su propósitos y funciones. Es más, hay algo que no se dice, la ANR propuso e inicialmente diseñó el sistema de calidad y de acreditación y creamos todos los elementos para Coneau. Hasta formamos a sus evaluadores, hicimos convenios, hicimos foros y les dimos toda una metodología, después ellos lo han perfeccionado y está muy bien.
El Congresista Mora dice que está completamente intervenida por la ANR y es imposible que puedan sancionar a nadie.
Eso es falso, porque nosotros no tenemos ninguna capacidad de manejo en Coneau. Lo que yo le quiero decir es que el sistema de acreditación es relativamente nuevo en el Perú y nosotros vamos a la cola en la implementación del sistema. De esos cinco, seis años de funcionamiento, los primeros dos y medio o tres años son para organizar, reglamentar sus modalidades, su metodología y determinar sus indicadores.
Claro, y a ese ritmo se han acreditado dos facultades en todo el Perú. ¿No es acaso hoy el proceso voluntario?
El proceso ha sido voluntario y por efecto de la ley, no porque ha habido incapacidad. La ANR no tiene nada que hacer allí. Es un sistema nuevo, recuerde que el sistema de acreditación en el Perú es un sistema muy particular diseñado para nuestra realidad.
Además de la creación de la Superintendencia, ¿hay alguna otra objeción al proyecto considerando que son más de 100 artículos?
Sí. La objeción que tenemos en términos generales es que es demasiado reglamentista y cuando es demasiado reglamentista usted no tiene capacidad ni libertad para cumplir con sus propósitos de gestión, académicos, administrativos. En todo momento la ley pide que finalmente se dé cuenta. Le doy un ejemplo, yo quiero contratarla a usted en mi facultad de Derecho y al final me lo tiene que aprobar la Superintendencia. La norma dice que la universidad puede escoger, pero después, al final, dice que tiene que ser autorizada por la Superintendencia.
La norma lo que señala son los requisitos para ser docente y lo que hace la Superintendencia es verificar los requisitos. Eso no es un veto. ¿Cuál es el problema?
Actualmente tenemos los requisitos. Pero en qué momento, que demuestre el general Mora, se han nombrado sin requisitos, que me diga un solo caso.
Él señala que hay bastante gente que no ha cumplido los requisitos.
Él señala muchas cosas. Él señala también que hay universidades garaje, de segundo piso, que dan títulos de dos meses. Eso son simplemente avisos psicosociales para hacer aparecer como una figura y caricatura grotesca lo mal que está la universidad y para decir que falta orden y que no hay una persona que responda, que la asamblea no ha hecho nada. El tema del pretexto de mejoramiento de la calidad educativa no va a través de la creación de órganos sino de fortalecer los sistemas. Por ejemplo, ¿en algún momento en la ley se está definiendo un presupuesto para que pueda cumplirse con la obligatoriedad de la acreditación? ¿En algún momento se le está dando presupuesto para que contrate profesionales como él quiere y para que se tengan infraestructura, laboratorios?
Una ley universitaria no es una ley de presupuesto y el Congreso no tiene iniciativa de gasto.
Es muy fácil decirlo. Le pongo un ejemplo. Si nosotros queremos, porque yo también lo quiero, que la acreditación sea obligatoria porque se piensa que con eso se mide la calidad –lo cual es relativo porque hay muchas maneras de medir la calidad– hay, contando las de pregrado y los posgrados, 3 mil carreras. Cada carrera obligatoriamente se tiene que acreditar a un costo de más o menos 30 mil dólares. No lo digo yo, lo dice Coneau solamente para corregir deficiencias. Después eso tiene que concretarse, infraestructura, laboratorios, bibliotecas, en todo lo que es equipamientos, aparte de la formación y preparación.
¿Le está dando la razón al congresista Mora? ¿Reconoce que existen las carreras y que no tienen nada de eso, que es lo mínimo?
No, lo que yo digo es que el proceso de acreditación exige y está muy bien. Pero yo lo que digo es ¿cómo vamos a poder financiar y vamos a atender esto que es importante?
Las públicas con el subsidio estatal y las privadas con sus ganancias. Pero ¿no deberían considerar estos costos antes y no después de crear la universidad?
Pero es que antes no se creó la acreditación, pues. Si quieren hacer eso, que me parece bien, porque no le dicen a Coneau “este es el presupuesto que tengo que darte para que tú promuevas la acreditación”.
Ustedes dicen que la ley no se ha debatido lo suficiente. El congresista Mora, presidente de la Comisión de Educación, dice que han discutido 17 meses.
Diecisiete meses si usted cuenta sábado, domingo, las vacaciones y todo el receso, pero ¿sabe cuántas sesiones de debate del proyecto? Vea, solamente ha tomado 10 sesiones.
No está mal.
Pero tampoco está bien, porque para un tema de esta naturaleza no se puede hacer esto.
Mire, 10 sesiones, y lo ha aprobado no por artículos sino por capítulos. Nosotros estamos en desacuerdo en la forma y fondo. Y no solamente por el debate, sino por la forma tan autoritaria, autocrática, vertical del congresista Mora. A su misma gente no la deja hablar. No ha respetado. Incluso, mire en la quinta disposición final está creando la universidad evangélica, denominando universidad a la Escuela Superior Evangélica. Eso es para congraciarse con los congresistas evangélicos. Una ley no puede darse en esa forma.
“SEGURO HAN HABIDO MUCHOS ERRORES, PERO ES UN PROCESO DE APRENDIZAJE”
El 35% de los profesionales peruanos están en el subempleo, ¿cree que probablemente se sientan estafados?
Seguramente, pero el subempleo no es consecuencia solamente de una pésima formación. No es consecuencia tan solo de eso, puede ser un factor sí, estoy de acuerdo. Y nosotros estamos de acuerdo en que aquellas universidades que no tienen la calidad y que no responden deben ser potenciadas y, si no responden a una potenciación o no tienen una capacidad de fortalecimiento, eliminadas del sistema. Pero es lo último que haríamos, porque una ley no puede ser punitiva, castigadora, debe ser promotora, y si se quiere levantar la calidad educativa hay que ayudar a las personas.
¿No cree que existe oferta educativa superior que es una estafa en el Perú? Y fíjese que yo no me opongo a que la gente sea estafada si es que está bien informada de lo que va a recibir.
Si hay eso, ¿por qué no intervienen los organismos que tienen que intervenir y que están en el sistema? La ANR no es responsable de eso. El sistema está dado por una serie de organismos que controlan y una serie de organismos que dan los servicios.
Si la pésima calidad de la enseñanza no es responsabilidad de la ANR, entonces ¿para qué necesitamos la ANR?
Es que, vea, no le atribuya todo el peso de un resultado a una de las partes que interviene en todo el proceso. Tenemos responsabilidad en la coordinación académica y tenemos responsabilidad porque hemos debido ser más fuertes en pronunciarnos en contra de quienes crean estas universidades sin condiciones. ¿Pero quién es el que las crea? El Estado, la ley, el Congreso.
¿En las privadas no hay malos ejemplos?
A las privadas se les pide el cumplimiento de un PDI. Si eso no lo cumple no le dan la institucionalización. Hay un proceso que dura 6, 7, 8 años desde que se crea la universidad, hasta que se le da permiso de funcionamiento.
No ha sido muy eficiente el proceso, ¿no?
Es posible. Porque, también, yo no voy a negar eso, han habido seguramente muchos errores pero ese es un proceso de aprendizaje. Antes las universidades se creaban por ley, sin ningún estudio técnico. Se crea Conafu para hacer un estudio técnico, pero encima de eso, quiero que comprenda bien mi problema, es que no obstante existiendo un proceso mandado por una ley el Congreso crea universidades públicas sin conocimiento y menos consentimiento de los órganos responsables por ley para hacer esa apertura.
¿Tiene alguna objeción a la estructura de gobierno universitario establecida en el proyecto?
Está igual como ahora, ahí no se ha creado nada.
.png)
By
1/31/2014
